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Texto de la carta presentada el 30 de marzo de 2009 PDF Imprimir E-mail
Escrito por Administrator   
Viernes, 10 de Abril de 2009 03:31

Buenos Aires, 30 de marzo de 2009

 

 


Señor Arzobispo de Buenos Aires
Cardenal Jorge Mario Bergoglio
S / D

Nos dirijimos a Ud. con el objeto de comunicarle que las ciudadanas y los ciudadanos detallados en el Anexo adjunto nos constituimos en este acto para presentar ante Ud. nuestra Apostasía Colectiva.

En ejercicio de nuestros derechos inalienables, en plena conciencia y con entera libertad, hemos resuelto dejar de pertenecer a la Iglesia Católica Apostólica Romana. Rechazamos la manipulación ideológica y material de la Iglesia Católica en la vida ciudadana, manifestando nuestro desacuerdo con su política social, sexual y económica, y dejando en claro que no nos representa.

El derecho a elegir libremente religión o creencia está garantizado en el Artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas (A/RES/217 A (III) del 10 de diciembre de 1948) y en el Artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas (A/RES/2200 A (XXI) del 16 de diciembre de 1966) que, conforme al ordenamiento jurídico argentino y de acuerdo con el Artículo 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional, tienen jerarquía constitucional. Esta garantía "... protege las creencias teístas, no teístas y ateas, así como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia" (cfr. Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, CCPR General Comment No. 22: Article 18 -Freedom of Thought, Conscience or Religion-, 30 de julio de 1993, CCPR/C/21/Rev.1/Add.4, punto 2) y necesariamente implica el derecho a reemplazar por otra la religión o creencia que actualmente profese una persona o adoptar una visión atea (Ibid., punto 5).

La Ley 25.326 protege los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, informatizados o no, y considera datos personales sensibles, entre otros, a aquellos que revelen las convicciones religiosas, filosóficas o morales de las personas. Estos datos sensibles gozan de especial protección, a punto tal que la confección de registros que almacenen información que directa o indirectamente los revele está expresamente prohibida (Art. 7 inc. 4); una excepción especial permite a la Iglesia Católica y a otras instituciones religiosas llevar registro de sus miembros.

Por la presente, manifestamos nuestra decisión de renunciar a la condición de miembros de la citada Iglesia, razón por la cual la excepción especial mencionada dejará de tener vigencia respecto de nuestras personas, por lo que corresponderá de pleno derecho la enmienda del registro correspondiente.

Esta enmienda no podrá ser otra que la eliminación total e inmediata de toda constancia registral, en primer lugar porque habiendo dejado de ser miembros de la Iglesia los datos del registro pierden su finalidad y deben destruirse (Art. 4 inc. 7), en segundo lugar porque mantenerlos implicaría una falsedad, y fundamentalmente, por el derecho de supresión que nos asiste conforme al Art. 16 inc. 1 de la citada norma legal.

Al efecto, le estamos haciendo llegar las cartas individuales exigiendo que todo registro relativo a nuestras personas, mantenido por la Iglesia Católica Apostólica Romana, sea eliminado en los tiempos que la ley estipula, y que dicha institución se abstenga de establecer en el futuro cualquier nuevo registro referido a nuestras personas si no mediara expreso consentimiento de nuestra parte.


Saludamos a Ud.

Última actualización el Martes, 27 de Julio de 2010 02:07
 
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